• AUTOMOTOR

El seguro de automotores tiene como objetivo mantener indemne al asegurado y/o conductor por cuanto deban a un tercero por daños causados por el vehículo  y por daños o perdidas que sufra el vehículo.

  • AUTOMOVILES

Coberturas disponibles:

Responsabilidad Civil

Destrucción total

Incendio total y/o parcial

Robo y/o hurto total y/o parcial

Todo riesgo con y sin franquicia

Auxilio Y Remolque

Adicionales de Cristales y Granizo

  • MOTOS

Coberturas disponibles:

Responsabilidad Civil

Robo / Hurto Total

Incendio Total

Destrucción Total Por Accidente

Protección Ante Granizo

Auxilio Y Remolque

  • CUATRICICLOS

Coberturas disponibles:

Responsabilidad Civil

Robo / Hurto Total

Incendio Total

Destrucción Total Por Accidente

Protección Ante Granizo

Auxilio Y Remolque

Coberturas disponibles:

Responsabilidad Civil

Robo / Hurto Total

Accidentes Personales

Podrán cubrirse todas las lanchas y/o embarcaciones de placer y deportivas hasta una suma asegurada, que es el valor de la embarcación al momento de tomar la cobertura.

La embarcación asegurada estará cubierta durante su armamento, en desarme, mientras se encuentre en navegación, en puerto, dársena, astillero, dique de carenaje, flotando y/o en seco, incluidas las operaciones de sacada a tierra y botadura, en cualquier lugar y circunstancia, efectúe viajes de prueba, asista a otras naves o sea asistida por otras naves. La embarcación también está cubierta durante el período de ejecución de reparaciones normales o de grandes trabajos de reparación o remodelación.

COBERTURA BÁSICA: Naufragio, Varadura, Incendio o explosión, Colisión (Daños propios y a cosas de terceros), Vicio oculto o defecto del material (Consecuencias)

OTRAS COBERTURAS

Responsabilidad civil a cosas hasta el valor asegurado de la embarcación.

Cobertura en todo momento y lugar la tirada a tierra y botadura.

Robo total de la embarcación y/ de los elementos fijos al casco.

Pérdida Total. Salvamento. Gastos de Salvamento. Gastos de Sue and Labour.

Incendio parcial y/o Total. Averías particulares por incendio.

ADICIONALES

Transporte en tráiler (daños a consecuencia de choque, incendio y vuelco a la embarcación)

Responsabilidad civil hacia personas transportadas o no transportadas, hasta el valor asegurado de la embarcación.

Responsabilidad Civil por daños materiales a consecuencia de incendio de la embarcación.

Responsabilidad Civil por la práctica de deportes acuáticos.

Incendio en guardería.

Temporal.

Huelga, vandalismo y hechos maliciosos.

Robo total y/o parcial de elementos fijos en el casco

Robo del motor fuera de borda

INCENDIO

La cobertura de Incendio resguarda integralmente el patrimonio del hogar, a través de la indemnización total o parcial, la reposición o reparación de los bienes dañados en caso de incendio.

La cobertura básica de este riesgo es:

ACCIÓN DIRECTA DEL: FUEGO, RAYO o EXPLOSIÓN. Todos los daños que aparezcan como consecuencia inmediata de los eventos cubiertos.

ACCIÓN INDIRECTA A CAUSA DEL: FUEGO, RAYO o EXPLOSIÓN. Es una cobertura especial para distintas situaciones donde si bien el daño no lo causó el evento cubierto, fueron una consecuencia remota del evento cubierto. (Importante no confundir con la acción indirecta del Fuego Rayo o Explosión, que no están cubiertas por la póliza)

OTROS EVENTOS: Cubre hechos que provocan daños materiales, pero que son autónomos del incendio, es decir que están cubiertos aunque no haya habido fuego en la propiedad asegurada. Estas situaciones son: Tumulto Popular, Huelga – Lock out, Impacto de aeronaves y Vehículos terrestres, Vandalismo – Malevolencia, Terrorismo, Humo.

COBERTURA ADICIONAL DE RESPONSABILIDAD CIVIL A CONSECUENCIA DE INCENDIO Y/O EXPLOSIÓN (RC Linderos)

El Asegurador se obliga a mantener indemne al Asegurado hasta la suma establecida para esta cobertura, por cuanto deba a un tercero, en razón de la responsabilidad civil en que incurra exclusivamente como consecuencia de la acción directa o indirecta del fuego y/o explosión, con exclusión de cualquier otro riesgo que afecte a los bienes objeto del seguro. Esta cobertura de Responsabilidad Civil comprende únicamente los daños materiales con exclusión de lesiones o muerte a terceros.

COMBINADO FAMILIAR

En una sola operación, a través de un mismo contrato, puede lograr una cobertura a “su medida”. Se da cobertura en un mismo contrato a tres o más riesgos  a los que está más expuesto el Asegurado y su grupo familiar.

COBERTURAS:

Incendio Edificio

Incendio Contenido

Robo y/o hurto

Robo Objetos Diversos

Cristales

Todo Riesgo Electrodomesticos

Accidentes Personales

Daños por agua

Responsabilidad Civil (Linderos, Privada)

Los seguros de Responsabilidad Civil ofrecen la cobertura del riesgo de ser un sujeto pasivo de una deuda hacia una tercera persona (restaura pasivos accidentales), emergente de una responsabilidad de carácter civil. Es decir, el asegurador otorga una cobertura que permite al asegurado liberarse económicamente de los reclamos y pretensiones de terceros, que tienen como fuente una relación de responsabilidad civil, sea de naturaleza contractual o extracontractual. Se persigue evitar toda lesión directa al patrimonio del asegurado, originada por las consecuencias civiles de su responsabilidad.

  • RC Hechos Privados

Ampara la Responsabilidad Civil emergente de hechos privados imputables al asegurado y/o cualquier otra persona por quien el asegurado sea legalmente responsable.

Se llama hechos privados a aquellos hechos que no se vinculan con ninguna actividad laboral.

Así mismo, está también cubierta la responsabilidad civil causada por el suministro de alimentos y la emergente de la tenencia de animales domésticos (excluidas las enfermedades que pudieran transmitir)

La póliza cubre dentro del ámbito de la República Argentina.

Las garantías de alquileres son aquellas que debe presentar el locatario de un inmueble al locador, garantizando el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato de alquiler respectivo.

– Caución por Alquileres impagos: Se garantiza el cobro por parte del Asegurado de los alquileres resultantes del contrato de locación celebrado con el Tomador y las multas pactadas por la mora en el pago de los mismos

– Caución para Sustitución del depósito en garantía: Esta póliza tiene por objeto sustituir el depósito en garantía que está obligado a constituir el Tomador, de acuerdo al contrato de locación celebrado con el Asegurado.

– Caución por la Falta del pago de expensas, impuestos y servicios que genere la ocupación de la propiedad.

La ejecución de la garantía opera en caso de deuda en mora por más de 90 días y siempre que se inicie el proceso de desalojo del inquilino incumplidor.

Esta cobertura tiene por objetivo indemnizar aquellos daños, derivados de lesiones corporales y sus consecuencias cuando lógicamente sean consecuencia de un accidente contemplado en la póliza.

La cobertura se otorga en el desarrollo del ejercicio de la profesión declarada, en la vida particular, circulando vehículos, medios de transporte fluvial o marítimo, aviones de líneas regulares, etc.

La extensión de la cobertura puede ser: Jornada laboral, Jornada laboral e in itinere, Eventos, Viajes, 24 horas

COBERTURAS:

Perdida Accidental de la Vida

Incapacidad Parcial y/o Total a consecuencia de accidentes

Reembolso de gastos de asistencia medico/farmacéutica

COBERTURAS ADICIONALES:

Reembolso de gastos de asistencia médico/farmacéutica como consecuencia de un accidente

Reembolso de gastos de sepelio por pérdida accidental de la vida

El objeto del seguro de vida es la cobertura del riesgo de muerte por enfermedad o accidente. Cubre a la persona por una suma determinada (Capital Asegurado), y ante el fallecimiento del asegurado, dicho capital es entregado a la persona o a las personas designadas como beneficiarios o herederos legales.

En general los seguros de vida tienen como finalidad:

– Proveer ingresos al cónyuge e hijos por un plazo determinado

– Proveer ingresos para la educación de los hijos

– Cancelar saldos de deuda (hipotecarios, prendarios, crediticias o personales)

– Pagar deudas del Asegurado, tal como servicios médicos, fúnebres, etc.

– Proveer un fondo para una futura jubilación

El Seguro de Vida da una seguridad económica a los beneficiarios cuya estabilidad financiera puede verse amenazada ante la muerte del Asegurado, es decir, brindan protección de las personas que tienen a su cargo el Asegurado, garantizando a las mismas un nivel de calidad de vida acorde con el monto del seguro.

El objetivo de un Seguro de Retiro es generar un ahorro futuro, es una inversión: administración del capital a mediano o largo plazo.

El principal beneficio que otorga este seguro es una renta jubilatoria independiente y adicional, a la que se percibe a través del sistema jubilatorio oficial.

La renta consiste en una serie de pagos mensuales que cada asegurado comenzará a percibir a partir del momento en que cumpla la edad convenida de retiro (entre 60 y 70 años) y en forma vitalicia. Además, en caso de fallecimiento del asegurado, los beneficiarios designados tendrán derecho a percibir un monto indemnizatorio.

El objetivo del seguro de sepelio es dar respuesta a problemas económicos e inconvenientes administrativos que suscitan la desaparición física del titular del seguro o la persona designada.

El asegurador se obliga hasta el límite de la suma asegurada, a brindar un servicio de sepelio por medio de empresas afines.